Un electricista autónomo ha trabajado igual que uno asalariado: su pensión cuenta una historia muy diferente
Publicado el 31/07/2025 por Diario Tecnología Artículo original
En España, quienes han trabajado como autónomos se encuentran que, al llegar a la jubilación, la cuantía de su pensión es significativamente menor que la de sus iguales asalariados. Esta situación, a priori, parece del todo injusta, ya que, por poner un ejemplo más o menos cercano, un electricista autónomo que trabaje solo, cobrará un salario similar a un electricista asalariado por su trabajo, y ambos pagan una cotización a la Seguridad Social que luego determinará la cuantía de su pensión de jubilación.
Sin embargo, la principal diferencia entre ambos es que, en el caso del asalariado, una parte de esa cotización la asume la empresa que lo contrata, mientras que el autónomo no lo hace de la misma forma. Esa diferencia es la que provoca que los autónomos lleguen a la jubilación una pensión mucho más reducida que los asalariados.
Diferencia de pensiones entre asalariados y autónomos. La diferencia entre las pensiones de jubilación de los trabajadores asalariados y los autónomos sigue siendo considerable en 2025. Según los datos oficiales del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, la pensión media de los autónomos es de 1.008,8 euros mensuales, mientras que los asalariados del Régimen General perciben 1.665,5 euros mensuales de media.
Un aspecto relevante es que esta diferencia es todavía mayor según el género. Los hombres autónomos reciben una pensión media de 1.150,10 euros tras jubilarse, mientras que las mujeres perciben 863,97 euros. Esta desigualdad se debe también a los años cotizados y los tramos elegidos durante la vida laboral según los datos recopilados por la Seguridad Social.
De media, esto supone una diferencia mensual de 657,72 euros en la pensión de jubilación y más de 9.200 euros al año entre ambos grupos.
La cuota mensual: clave para la desigualdad. La brecha de las pensiones entre trabajadores asalariados y autónomos se mantiene estable en el histórico de datos, y tiene un motivo evidente: la mayoría de los autónomos opta por la base mínima de cotización para reducir al máximo su cuota mensual. Tal y como se puede ver en el cuadro inferior, en el caso de los asalariados, tanto empresa como trabajador asumen un determinado porcentaje de la cotización por el asalariado, partiendo de una base de cotización, siendo la empresa quien asume la mayor parte de ese coste y lo ingresa en la Seguridad Social a cuenta de su empleado.
TIPO |
Empresa |
Trabajador |
Total |
---|---|---|---|
Contingencias comunes |
23,60% |
4,70% |
28,30% |
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) |
0,67% |
0,13% |
0,80% |
Desempleo (Contrato indefinido) |
5,50% |
1,55% |
7,05% |
Desempleo (Contrato temporal) |
6,70% |
1,60% |
8,30% |
FOGASA |
0,20% |
0% |
0,20% |
Formación Profesional |
0,60% |
0,10% |
0,70% |
Sin embargo, el cálculo de la base de cotización de los autónomos no se hace en base al salario que recibe como en los asalariados, sino en base a su beneficio neto y, dependiendo de ese importe, se acoge al tramo de cuota adecuado. Ese tramo define su base de cotización mínima, aunque el autónomo puede optar a cotizar por un una base mayor.
A grandes rasgos, para que a un asalariado le quede un salario neto de 1.600 euros, su base de cotización debe ser de unos 2.000 euros. En cambio, el electricista autónomo que trabaja solo de nuestro ejemplo que recibe el mismo salario neto de 1.600 euros, tendrá una cuota mensual de unos 300 euros, pero su base de cotización será de unos 960,78 euros. Eso implica que ambos cobran salarios similares, pero el autónomo cotiza por una base de cotización muy inferior.

El problema: la mayoría cotiza por la base mínima. Según las estadísticas del Ministerio, de los 3.436.929 autónomos que existen en España, 2.858.865 cotizan por la base mínima para sus ingresos netos o por el 1,5 de la base mínima. Solo 72.935 estarían cotizando por una base cercana a la que tendría un trabajador asalariado, que sería algo cercano a 3 veces o más de la base mínima.
Volviendo al ejemplo de nuestro electricista autónomo con un beneficio neto de 1.600 euros, estaría limitado a una base de cotización máxima de 1.700 euros, lo que supondría un incremento de su cuota mensual a unos 534 euros.
Los autónomos no pagan más cotización. En un primer vistazo puede parecer que un autónomo tiene una mayor presión económica que un asalariado. Sin embargo, ambas cotizaciones están cercanas al 30% de la base de cotización (es un porcentaje aproximado ya que varía en función del tipo de contrato, sector, etc.).
La principal diferencia es que, como se aprecia en el cuadro de cotizaciones de más arriba, en el caso del asalariado la empresa asume un mayor porcentaje que el asalariado (aunque todo parte del salario bruto del empleado), mientras que el autónomo es empresa y empleado a su vez, con lo cual se percibe un mayor impacto en la relación entre beneficio neto y base de cotización.
Cómo salvar esa brecha. Dado que la totalidad de la cuota de la cotización recae sobre el autónomo, elevar en exceso la cuota mensual (y por tanto su base de cotización) para cobrar una pensión de jubilación cercana a un asalariado supone un gran esfuerzo económico considerable. Por lo que lo más recomendable es ir incrementando la base de cotización progresivamente a medida que se va acercando la edad de jubilación, para cotizar por la mayor base posible en los últimos años vida laboral para que suba el importe de la pensión.
El importe de la pensión final se calcula sobre la base de cotización de los últimos 25 años cotizados (300 meses) y, si la base siempre ha sido baja, la prestación resultante es insuficiente en comparación con los asalariados, que cotizan según su salario real. Por ello, en más del 60% de las provincias españolas, la pensión de jubilación media de los autónomos apenas supera los 1.008 euros al mes y en ninguna comunidad la pensión de jubilación de los autónomos se iguala al salario mínimo interprofesional en 2025.
Imagen | Unsplash (Matt Bennett)
utm_campaign=31_Jul_2025"> Rubén Andrés .