Sentencia histórica en Barcelona contra Glovo: 3.500 'riders' eran falsos autónomos. Hicieron falta seis años para esta conclusión

Publicado el 26/06/2025 por Diario Tecnología
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Sentencia histórica en Barcelona contra Glovo: 3.500 'riders' eran falsos autónomos. Hicieron falta seis años para esta conclusión

En el año 2019 un juez sentenció por primera vez que un repartidor de Glovo es falso autónomo y en 2020 fue el Tribunal Supremo quien se pronunció a este respecto, después de que años atrás hubiera dicho que eran simplemente autónomos y no había nada irregular. Aun así, esto no acabó e incluso el Gobierno aprobó la ley rider para asegurar los derechos laborales en esta profesión para plataformas como Glovo, Deliveroo o Uber Eats.

Ahora un juzgado de Barcelona ha reconocido que 3.572 repartidores o 'riders' de la ciudad tuvieron una relación laboral con la empresa de reparto de comida a domicilio entre los años 2015 y 2018. Lo llamativo de esta sentencia es que es la que afecta  más repartidores hasta la fecha, como explica La Ser.

La Inspección de Trabajo fue la que denunció esta irregularidad tras una inspección en 2019 cuando decidieron interponer una acta de infracción contra  Glovo por no haber dado de alta los 3.572 trabajadores. Glovo había impugnado esas actas. Su argumento es que la relación era mercantil. Cabe decir que esta sentencia puede ser recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por lo que no es firme por el momento.

Qué alega el Juzgado de Barcelona

El juzgado de lo social número 11 de Barcelona ha dado por buena la actuación de la Inspección de Trabajo. Ahora obliga a regular la situación de 3.572 'riders' que hasta 2019 operaban como trabajadores por cuenta propia para Glovo. La sentencia, que publica El Periódico, recoge que:

"Los repartidores no organizaban su trabajo, no  negociaban condiciones ni recibían el pago directamente de los clientes.  Su autonomía se limitaba a elegir el medio de transporte y la ruta a  seguir, lo que demuestra la existencia de las características esenciales de una relación laboral conforme al artículo 1.1 del Estatuto de los  Trabajadores. El sistema de asignación algorítmica de servicios, la  supervisión constante y la posibilidad de sanción revelan un poder empresarial efectivo".

Teniendo en cuenta que han pasado años desde que la inspección se llevase a cabo, alrededor de seis, muchos de esos trabajadores ya no están en Glovo. Barcelona es la primera ciudad que censuró el modelo laboral de la empresa alegando que solo estaba ahorrándose costes de sus empleados. Además, hay que recordar que en en 2022 la autoridad laboral sancionó a la empresa con 63,2 millones de euros por emplear a 8.331 falsos autónomos.

Glovo usa ahora subcontratas

A pesar de las multas, La Ser recuerda que, por el momento, sólo un 16% de los riders han pasado a trabajar directamente para la compañía. Y, para seguir ahorrando los costes de contratación se ha sabido que la firma subcontrata flotas externas para no contratar a los repartidores de forma directa.

Hace apenas unos días que se hizo pública esta información y también qué empresas están ofreciendo el servicio de subcontrata. Una es Fliits, cuyos administradores eran antes directivos en Glovo. El sindicato CCOO explicaba que es trata de un caso de “cesión ilegal” y estudia denunciarlo a la Inspección de Trabajo.

A finales del pasado año, finalmente, Glovo anunció dejar atrás su modelo de falsos autónomos, adaptándose a la ley tres años más tarde de la aprobación de la ‘Ley Rider’. La empresa seguía haciendo caso omiso a las peticiones por parte del  Gobierno y acumulando multas millonarias hasta este momento. Ahora se sabe que ha encontrado otro modelo para seguir evitando pagar la seguridad social de sus trabajadores: las subcontratas.

Imagen | Foto de Pilar Rubio en Unsplash

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