Las eléctricas están culpando al apagón de la subida de la luz. FACUA y el Código Civil no están de acuerdo
Publicado el 17/06/2025 por Diario Tecnología Artículo original
Mayo de 2025 prometía ser el mes más barato gracias a la generación renovable en primavera. Sin embargo, los consumidores han terminado pagando más en la factura de la luz por el apagón del 28 de abril, ya que han tenido que activar mecanismos de emergencia o sistemas de refuerzo. Ahora parece que eso no tendría que haber sido tan alto.
En corto. FACUA-Consumidores en Acción ha advertido a las comercializadoras de electricidad del mercado libre, en un comunicado de prensa, que no pueden subir sus tarifas unilateralmente por el apagón del 28 de abril si ese cambio no está previsto en el contrato.
Un caso concreto. La asociación ha cargado directamente contra Gana Energía, una comercializadora del grupo Repsol que ha notificado un recargo del 6% (unos 73 euros anuales), alegando un “aumento de costes técnicos del sistema” por el sistema de refuerzo de la Red Eléctrica. No obstante, como ha recordado FACUA, los servicios de ajuste no forman parte de los costes regulados (como los peajes y cargos) y, por tanto, no justifican una subida del precio pactado en contratos de mercado libre.
La ley es clara. Según establece el Código Civil, los contratos deben cumplirse tal y como se pactaron y no pueden modificarse según la voluntad de una sola parte (Arts. 1256 y 1258). Solo se aceptarían excepciones si el contrato incluye explícitamente una cláusula que permita a la comercializadora aplicar estas subidas por situaciones extraordinarias como la vivida.
Desde la otra parte. La patronal que agrupa a Iberdrola, Endesa y EDP, AELEC, está presionando para repartir o contener los sobrecostes derivados del apagón. Su propuesta es trasladar estos gastos extraordinarios —derivados de operar el sistema en "modo reforzado" para evitar nuevos apagones— a otros conceptos de la factura, como los cargos regulados, donde también se incluyen los costes por renovables o extrapeninsulares, según ha tenido acceso CincoDías.
Hay más. La patronal ha calculado que la estrategia de seguridad reforzada ha supuesto un sobrecoste de 200 millones de euros en solo un mes y exige que haya una respuesta regulatoria extraordinaria, para que ni consumidores ni comercializadoras asuman solos ese impacto. Como ha detallado CincoDías, están en búsqueda de una medida "transitoria y excepcional" que se apoye en los Procedimientos de Operación 8.2 y 14.4, ya previstos en el marco normativo actual.
Entonces, ¿es válido? Legalmente, el punto clave es el tipo de contrato que tenga cada consumidor. En los contratos del mercado libre, los precios están pactados por un año y no pueden modificarse salvo que el contrato lo permita expresamente. Si no hay una cláusula habilitante clara y específica, la subida sería ilegal, y podría considerarse una cláusula abusiva, incluso aunque haya un preaviso. Desde FACUA apoyan esta tesis en el Código Civil y en el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 1/2007 sobre defensa de los consumidores, que establece que los contratos deben interpretarse en favor del usuario y conforme a la buena fe objetiva. Es decir, aunque la empresa afirme que el recargo es justificado, si no lo firmaste y no está en condiciones transparentes, no puede imponértelo.
¿Alguna previsión? A día de hoy, ni Red Eléctrica ni el Ministerio para la Transición Ecológica han aclarado cuánto durará esta operación de seguridad reforzada, ni cómo se repartirán sus costes. Desde AELEC y otras asociaciones se espera que haya una intervención del regulador o del ministerio para rediseñar temporalmente el reparto de costes. El objetivo: evitar un impacto irreversible en el mercado de comercialización eléctrica y contener la escalada de precios.
Imagen | Seoane Prado
Xataka | Apagón en abril, factura más cara en mayo: así ha afectado el refuerzo del sistema
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