Cuando un cliente en la Lista Robinson recibió su tercera llamada publicitaria de Yoigo, denunció. Y ahí empezó lo interesante
Publicado el 18/06/2025 por Diario Tecnología Artículo original
Tres llamadas comerciales estando en la Lista Robinson han bastado para que la Agencia Española de Protección de Datos pusiera bajo su foco a XFERA MÓVILES SA, empresa tras la que opera Yoigo. Un caso particular y poco usual, en que se ha sancionado con 70.000 euros a la empresa a pesar de haberse demostrado que la realización de estas llamadas no fue a manos de Yoigo.
Bastó con tres llamadas. El expediente EXP202205208 actúa con carácter sancionador ante una reclamación presentada en abril de 2022. El consumidor expuso ante la Agencia la recepción de llamadas comerciales en su línea móvil promocionando servicios de Yoigo, alegando estar inscrito en la lista Robinson.
Tan solo fueron necesarias las capturas de pantalla para aportar los registros de las tres llamadas, realizadas entre los días 18 de marzo, 11 y 12 de abril. Comienza aquí la primera pregunta. ¿Cómo es posible que Yoigo llamase con fines comerciales a un usuario de la lista de exclusión publicitaria?
No fue Yoigo. De conformidad a las leyes de Protección de Datos, la AEPD trasladó dicha reclamación a Xfera, con el fin de que el operador informase en el plazo de un mes sobre estas acciones. La respuesta de Xfera fue contundente: ninguna de sus líneas autorizadas había emitido esas llamadas. Tras la respuesta de la razón social del operador, el caso quedó archivado.
Pero no quedó ahí. El usuario reclamó de nuevo ante la AEPD, logrando que se reabriera el caso. Se instó a Xfera, de nuevo, a investigar sobre los tres números de teléfono que realizaron las llamadas. A pesar de que se mantenía que ninguno de ellos había llamado de forma oficial, sí que admitió que uno de ellos estuvo a su nombre durante los meses de abril y junio de 2022.
LA AEPD siguió rastreando, y contactó con el propietario de dicha línea. Se revisó la factura telefónica y el registro de llamadas de los últimos meses, llegando de nuevo a la conclusión de que no se llamó desde dicho teléfono. A pesar de que el usuario afirmaba de que las llamadas comerciales le hablaban sobre ofertas de Yoigo, la AEPD concluyó junto a Xfera que la línea pertenecía a una SIM de Lebara, un pequeño OMV también del grupo MásMóvil y que solo comercializa líneas prepago.
Destapando el pastel. De los tres números investigados, solo uno tenía asociada dirección postal. La AEPD comprobó que las otras dos líneas estaban registradas con DNIs falsos, haciendo imposible la identificación de los responsables de las llamadas. En resumidas cuentas, todo apunta a que estas llamadas con fines publicitarios no eran más que intentos de SCAM, estafas telefónicas para obtener los datos de quien recibió las llamadas.
Un multa por negligencia. Pese a haberse demostrado que Xfera no fue la responsable primera en esta práctica, la AEPD ha impuesto una multa de 70.000 euros por ser responsable final del tratamiento de los datos. Obliga, del mismo modo, a implementar en un plazo de seis meses nuevas medidas para verificar la identidad real de nuevos clientes prepago.
Del mismo modo, Lebara tendrá que auditar y regularizar todas sus líneas activas para comprobar que estén bajo identidades verificadas. Un caso particular que, de nuevo, resuelve que la responsabilidad ante ciertos intentos de estafa recae sobre los operadores. Algo que recuerda al reciente fallo del Tribunal Supremo dejando claro que, en caso de fraude bancario por phishing, el responsable es el banco.
Imagen | Andrei Metelev
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